PUNO.-
Los que hemos transitado por el mundo del derecho laboral, en su vertiente
pública, era casi normal invocar a la famosa ley 24041, dada en el gobierno del
Arquitecto Belaúnde. De solo dos artículos, dispuso que si el trabajador había
desempeñado por más de un año, un mismo cargo o función para la misma entidad,
no podía ser despedido a no ser previo proceso administrativo y por causas
previstas en el D. Leg. 276. Al amparo de la misma logramos el reconocimiento
de bastantes servidores públicos.
Hoy,
aprovechando el pánico, el gobierno del Ing. Vizcarra, ha prolado el D.U. No.
016-2020, del 23 de enero del 2020, que expresamente ha derogado la ley 24041,
lo que quiere decir que se acabó la estabilidad laboral de los servidores
públicos contratados que ejercían por más de un año ininterrumpido labores de
naturaleza permanente. Es más, este Decreto de Urgencia PROHÍBE el ingreso,
contratación o nombramiento de servidores Públicos, bajo el régimen del Decreto
Legislativo Nro. 276 (Régimen Público), habilitando solamente la contratación
por el régimen especial de la famosa Contratación Administrativa de Servicios
(CAS). El nombramiento será únicamente por Concurso, para plazas debidamente
presupuestada. Y se autoriza excepcionalmente, hasta el 31 de Julio del 2020 el
nombramiento de servidores públicos que hasta el 31 de diciembre del 2019 hayan
ocupado una plaza orgánica presupuestada por más de 3 años consecutivos o 4
alternados, previa verificación del cumplimiento de los perfiles establecidos.
Ya no se podrá invocar más la norma 24041. Y una vez vencido el término del contrato CAS, o con adendas, no se podrá nunca más reclamar derechos adquiridos. La pregunta es ¿los nuevos congresistas, entenderán los alcances de esta norma? ¿La derogarán? No creo, porque como sabemos, hay en su mayoría perfectos neófitos en Derecho laboral.
Ya no se podrá invocar más la norma 24041. Y una vez vencido el término del contrato CAS, o con adendas, no se podrá nunca más reclamar derechos adquiridos. La pregunta es ¿los nuevos congresistas, entenderán los alcances de esta norma? ¿La derogarán? No creo, porque como sabemos, hay en su mayoría perfectos neófitos en Derecho laboral.
Entonces
es tares de los nuevos congresistas su derogatoria.